domingo, 11 de octubre de 2015

Anímate a crear tu empresa: ¿Qué estas esperando?



Anímate a crear tu empresa: ¿Qué estas esperando?

Si estás interesado en formalizar tu empresa, ya sea que hayas iniciado tu actividad empresarial, con CGFConsulting SAS podrás conocer cómo y qué trámites realizar ante los diferentes organismos competentes y los requerimientos de ley exigidos, de acuerdo con tu tipo de empresa. 

¿Quiénes pueden constituir empresa?
Pueden constituir empresa las personas naturales y las personas jurídicas.

¿Porque constituir una empresa?
Hay múltiples motivos que pueden llevar a una persona a constituir una empresa, por ejemplo, el deseo de lograr una mayor independencia, el ánimo de progresar, la necesidad de mejorar sus ingresos y, por consiguiente, su nivel de vida, el aprovechamiento de la experiencia de una persona en un determinado proceso productivo o prestación de servicios, estimulada con inversión de capital propio o de terceros, para dirigir y orientar adecuadamente y con creatividad, las posibilidades competitivas de productos o servicios con alto valor agregado, para solucionar problemas y demandas del mercado, aun no atendidas convenientemente.

¿Cómo se clasifican los empresarios?
Los empresarios se clasifican en individuales y sociales. Los individuales son aquellos que ejercen su actividad mercantil como personas naturales y sociales o societarias, aquellos que la ejercen adoptando la forma de una sociedad comercial.

¿Por qué las empresas deben constituirse y operar con arreglo a la ley?
Las empresas cuya constitución y actividades no se realiza conforme a la ley, no se benefician de las políticas estatales orientadas a mejorar las condiciones crediticias del sector empresarial, y por lo tanto deben acudir al crédito extra bancario, que aunque ágil, tiene plazos cortos y altas tasas de interés. Además no se pueden inscribir en el registro único de proponentes que lleva la cámara de comercio, por lo tanto no pueden celebrar con entidades estatales contratos de obra, consultoría, suministro, compraventa de bienes muebles; no pueden participar en licitaciones públicas o privadas, y tampoco participar en los programas de promoción y desarrollo empresarial alentados por instituciones públicas y privadas en el ámbito local, regional, nacional o internacional y además se encuentran desprotegidas contra los actos de competencia desleal.

Por supuesto que en CGFConsulting SAS estamos a su disposición para asesorarlo y guiarlo en todo el proceso de constitución. Contáctanos en cgfconsulting@gmail.com o llámanos al 3005475002.

sábado, 10 de octubre de 2015

¿Cómo se realiza la distribución de los costos indirectos fijos y variables a los inventarios?



 

¿Cómo se realiza la distribución de los costos indirectos fijos y variables a los inventarios?
Elaborado por: Cristian Guerrero

Recordemos que de acuerdo a la NIC 2, las entidades deben realizar una distribución sistemática de los costos indirectos de producción, fijos o variables, en los que se haya incurrido para transformar las materias primas en productos terminados. Dicha distribución se debe realizar sobre la base de la capacidad normal de los medios de producción. En periodos de producción anormalmente alta, el importe de costo indirecto fijo distribuido a cada unidad de producción disminuirá, de manera que los inventarios no se midan por encima del costo.

La capacidad normal, es el promedio de producción que se espera conseguir a lo largo de un número de periodos en circunstancias normales, teniendo en cuenta la pérdida de capacidad procedente de las operaciones previstas de mantenimiento.

Ahora, ¿Qué son los costos indirectos?... Los costos indirectos son aquellos diferentes al material directo y la mano de obra directa. Los indirectos variables son aquellos que varían directamente (o casi directamente) con el volumen de producción; entre ellos cabe destacar la mano de obra indirecta y los materiales indirectos. Los indirectos fijos son aquellos que permanecen relativamente constantes, con independencia del volumen de producción, tales como la depreciación, mantenimiento de edificios  equipos de fábrica, así como el costo de gestión y administración de esta. Los costos indirectos no relacionados con la producción, como los incurridos por actividades de administración, se contabilizan como gastos del periodo en que hayan sido incurridos.
Miremos el siguiente ejemplo de la sección 13 de las NIIF Para Pymes para entender cómo se realiza esta distribución:

Una entidad tuvo costos indirectos fijos por 900.000 u.m. durante un periodo de un mes en el que fabricó 250.000 unidades de producción. Cuando opera a su capacidad normal, la entidad fabrica 250.000 unidades de producción por mes.

Respuesta:
Como decíamos, la base de distribución debe realizarse sobre la capacidad normal de producción, que en este caso de 250.000 unidades; esto quiere decir, que debemos asignar 3,6 u.m ($900.000/250.000) por cada unidad producida. En este caso debemos asignar los mismos 900.000 a la producción de 250.000 unidades, ya que casualmente se produjeron las mimas cantidades que se producen en la capacidad normal de producción.

Supongamos que los hechos son los mismos del ejemplo anterior, pero con una producción de 200.000 unidades. ¿Cómo asignamos los costos indirectos fijos?

Respuesta:
La entidad seguirá asignando 3,6 u.m. de costo indirecto fijo a cada unidad producida durante el mes. Los costos indirectos fijos asignados serían de 720.000 u.m.; es decir, 200.000 unidades producidas x 3,6 u.m. de tasa de distribución sobre la base de una tasa de producción normal.
De acuerdo a la norma, los costos indirectos fijos no asignados de 180.000 u.m. deben reconocerse como un gasto en los resultados. Cálculo: 900.000 u.m. de costos incurridos menos 720.000 u.m. asignadas al inventario

Ahora suponga que los hechos son los mismos que en el ejemplo anterior, pero la entidad fabricó 300.000 unidades durante el mes. Este nivel de producción es anormalmente alto. ¿Cómo asignamos los costos indirectos fijos?

Respuesta:
Recuerde lo que establece la norma: “En periodos de producción anormalmente alta, el importe de costo indirecto fijo distribuido a cada unidad de producción disminuirá, de manera que los inventarios no se midan por encima del costo”. En este caso, se hace necesario volver a calcular el costo indirecto fijo por cada unidad producida durante el mes. En este caso, la entidad debe asignar 3 u.m. por unidad producida ($900.000/300.000 u.m.)

Declaración anual de activos en el exterior: lo que debe saber




Declaración anual de activos en el exterior: lo que debe saber

A partir del año gravable 2015 los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios domiciliados en Colombia, sean personas jurídicas o naturales deberán presentar la declaración anual de activos en el exterior. Esta declaración es de carácter informativo y en ella el contribuyente debe indicar el tipo, el monto y la ubicación de los activos que posean en el exterior, a primero de enero de cada año gravable. Cuando el contribuyente no posea activos en el exterior a primero de enero de cada año, no existe la obligación de presentar la declaración mencionada.


Si algún contribuyente queda obligado a presentar esta nueva declaración y no lo hace oportunamente, se le aplicará la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del E.T. La Declaración anual de activos en el exterior deberá contener:

  • El formulario que para el efecto ordene la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) debidamente diligenciado (formulario 160).
  • La información necesaria para la identificación del contribuyente.
  • La discriminación, el valor patrimonial, la jurisdicción donde estén localizados, la naturaleza y el tipo de todos los activos poseídos a primero de enero de cada año, cuyo valor patrimonial sea superior a 3580 UVT, lo que para el 2015 equivale, en pesos, a $101.238.820 (3580 UVT x $28.279-UVT 2015).
  • Los activos poseídos a primero de enero de cada año que no cumplan con el límite señalado en el numeral anterior, deberán declararse de manera agregada de acuerdo con la jurisdicción donde estén localizados, por su valor patrimonial.

Los contribuyentes podrán presentar la Declaración anual de activos en el exterior del año 2015, de acuerdo a las fechas establecidas en el artículo 5 del Decreto 427 del 2015 y en el formulario que para tal fin establezca la DIAN; las fechas son las siguientes: